La ley de la selva y la inseguridad jurídica

A finales de los años 90 el fallecido empresario Bjorn Lyng apuntaba a la burocracia como uno de los principales generadores de desequilibrios turísticos canarios: “El principal problema de nuestra industria turística hoy es la burocracia, un lastre insoportable que retrasa nuestro progreso y hunde a nuestras empresas… La inseguridad jurídica y financiera ahuyenta los capitales, retrasa nuestro desarrollo y provoca más paro” (Lyng, “Desequilibrios turísticos”, 1999). Durante los mismos años, el enviado de una empresa  norteamericana que buscaba efectuar una importante inversión en Canarias llegaba a la siguiente conclusión: “Faulkner terminó el último de sus informes con una rendición: olvídense de invertir aquí; todo es un espejismo, todo es una invitación, pero cuando penetras en el paisaje donde te metes en realidad es en una selva donde hay tantas normas que es como si no hubiera ninguna.” (Chavanell, “Turismo: la única apuesta realista”, 2010).

Más de una década después de lo denunciado por Lyng, no sólo seguimos inmersos en una selva burocrática, sino que ésta se ha multiplicado exponencialmente imposibilitando prácticamente cualquier nueva inversión en Canarias. Por un lado, la inseguridad creada por la “maraña burocrática y legislativa” que imposibilita cualquier iniciativa y, por otro lado, la inseguridad que crea el ver que todo intento de iniciativa empresarial acaba derivada a largos procesos judiciales, incluso con amenazas abiertas de expropiación por parte del Ejecutivo, si se diera el caso de obtener el empresario o inversor potencial un resultado favorable en los tribunales. ¿Quién va a efectuar una inversión bajo estas condiciones? Si un  inversor ve peligrar la seguridad de su inversión, sin duda no la efectuará. La seguridad jurídica es fundamental para la misma.

En abril del 2011 el Centro Atlántico de Pensamiento Estratégico (Catpe) señala en su informe “Sobre el planteamiento y la gestión racional del territorio en Canarias” con una contundencia sin precedentes como la ordenación y gestión del territorio está siendo “uno de los principales cuellos de botella” del Archipiélago. El resultado del análisis es que “la profusión de normas ha desembocado en una situación en la que se hace imposible el desarrollo sostenible de las actividades con incidencia territorial, de forma que en un alto porcentaje de casos, su implantación pasa por un interminable camino entre normas y planes, cuando no deviene en francamente en imposible”. No cabe duda, señala el documento, de que “este panorama está lastrando el PIB regional al frustrar inversiones – internas y foránesa- y contribuye a la imagen negativa de Canarias en el exterior, al considerarse ésta una plaza conflictiva y de alto riesgo para las inversiones.” (“La maraña administrativa impide invertir en Canarias”, Canarias 7, 02.04.11, p.8) Entre las propuestas del Catpe figura la derogación de la Ley de Directrices del 2003 (primera moratoria) y una nueva ley del territorio.

Si nos metemos en la piel de un inversor podríamos observar la Ley de Medidas Urgentes (segunda moratoria, Mayo 2009) desde dos ángulos:

1) Desde el punto de vista del inversor que quiere rehabilitar su establecimiento la ley ofrece básicamente dos medidas: la sustitución (tirar abajo el actual establecimiento, ceder el terreno y construir en otro terreno turístico) y la rehabilitación in-situ (con incremento de camas). Cuando la ley está a punto de cumplir dos años no se ha producido ni una sola inversión en este sentido. Un proyecto en Fuerteventura intentó acogerse al convenio de sustitución, pero fue bloqueado por el cabildo, lo que demuestra que la Ley no ofrece la suficiente seguridad jurídica para garantizarse a sí misma. Tampoco la rehabilitación in-situ ha tenido efecto, entre otras razones porque pocos establecimientos podrían aumentar el número de camas prometido, pues entrarían en conflicto con otra normativa (la que regula los m2 de solar por cama) y por tanto tendrían que “depositar” el derecho de camas en un “banco de camas”, el cual no está suficientemente regulado y que, además, perdería todo su valor una vez se liberalice la moratoria.

2) Desde el punto de vista del inversor que quiere construir un establecimiento nuevo (sobre un suelo clasificado como turístico) la ley sólo ofrece la posibilidad de licencia para hoteles de 5 estrellas gran lujo. Eso sí, por si algún empresario se sintiera animado a invertir, el legislador le pone el condicionante de asumir la formación del 60% del personal o hacer un hotel-escuela, regulando en la misma ley el procedimiento del precinto y cierre del hotel si se detectara cualquier incumplimiento de dicho condicionante. No es de extrañar que en casi dos años de vigencia no se haya presentado ni un solo proyecto de 5*GL en base a esta ley. Si ya la inversión en 5*GL conlleva un alto riesgo de por sí, evidentemente se hace inviable si es sobre-regulada, y menos aún si ya antes del planteamiento de la inversión la amenaza del precinto y cierre sancionador ya sobrevuela el proyecto. Si el inversor es propietario del suelo le queda prácticamente sólo acogerse al artículo 17.1 y pedir una indemnización, como ha ocurrido en 54 casos, los que han sido todos derivados a los Tribunales con el aviso del Ejecutivo de que serán expropiados, en el caso de ganar los contenciosos (“El Ejecutivo expropiará a las empresas que ganen la moratoria en los tribunales”, Consejero de Política Territorial en La Provincia, 16.04.11, p.20). ¿Es posible transmitir una mayor  inseguridad a los inversores potenciales?

La necesidad de revisión y/o sustitución de esta Ley se hace cada vez más evidente. Sin embargo, durante estas semanas somos testigos de la búsqueda desesperada de un titular que permita anunciar que algún complejo renueva acogiéndose a la mencionada Ley, es decir, que permita mantener con respiración artifical esta ley en estado terminal. Cualquier opción vale, incluso la conversión de un establecimiento turístico en un parking, como es el caso de dos de los siete supuestos proyectos de Puerto del Carmen (anunciados en enero 2011), que de momento pretenden justificar la Ley (recordemos que la relación de puestos de trabajo de un parking contra un hotel es aprox. de 1:200).

En conclusión, hace falta arrancar arbustos, cortar lianas e incluso talar algunos árboles (como la Ley de Medidas Urgentes) para poder salir de la selva burocrática y dar una perspectiva de viabilidad a proyectos empresariales y seguridad jurídica a los inversores si queremos que se efectúe alguna nueva inversión en Canarias y los más de 300.000 desempleados puedan tener alguna perspectiva de volver a tener un trabajo (u obtener su primer trabajo).

 


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