Leyes con efectos contrarios a los previstos

Leyes-con-efectos-contrariosYa no es el caso aislado de alguna ley. La obtención de resultados literalmente contrarios a los deseados se ha convertido en Canarias en la tónica legisladora habitual de las últimas dos décadas, en lo que concierne a las leyes turísticas y territoriales. Es decir, se aprueban leyes turísticas con unos nombres y objetivos concretos y luego, unos años más tarde, vemos que han producido exactamente los efectos contrarios a los pretendidos y a los nombres con los que en su día tan alegremente fueron bautizadas. Veamos cinco ejemplos: 

1) Ley de Directrices de Ordenación del Turismo (2003)

Entre los principales objetivos de la Ley de Directrices de Ordenación del Turismo (primera moratoria, aunque ya en el 2001 entraron en vigor dos decretos de moratoria) figuraban la contención del crecimiento poblacional y la congelación del crecimiento alojativo. Sin embargo, la ley produjo exactamente los efectos contrarios: incentivó la entrada de más camas en el mercado de las que habrían entrado en tan corto plazo sin moratoria y, al crear un pico de demanda de mano de obra, fue la causante directa (junto con la burbuja inmobiliaria) del espectacular aumento poblacional de Canarias en los años 2000 a 2007.

Ha sido la ley de índole turística más perjudicial que se ha aprobado en Canarias y que más desorden urbanístico, demográfico y económico ha creado y es una de las principales causas directas de la actual tasa de desempleo del Archipiélago. Viendo los resultados, quizás el nombre opuesto, «Ley de Des-Ordenación del Turismo», habría sido más apropiado.

Aumento-Poblacion_XXI

(Gráfico: Los datos para el aumento anual en las décadas 1970-80, 1980-90, 1990-2000 son la media de cada década; fuente: post de este blog «¿Superpoblación en Canarias?»)

2) Ley de Medidas Urgentes (2009)

Poco después del pinchazo inmobiliario y en plena crisis económica se aprobó la Ley de Medidas Urgentes (segunda moratoria). ¿Y la «urgencia» para qué? Pues se supone que para reactivar la actividad económica y el empleo. No obstante, el efecto fue el contrario; mantuvo el más absoluto inmovilismo económico. Durante la vigencia de esta ley (2009-2013) no se movió prácticamente nada: por el lado de nuevas construcciones ni un sólo hotel-escuela de gran lujo (única excepción utópica), por el lado de la rehabilitación ningún proyecto acorde a los incentivos anunciados a bombo y platillo (regalo camas, sustitución). A pesar del evidente fracaso de los incentivos ofertados, el Ejecutivo prorrogó esta ley sin apenas cambios.  (Ver post: «Ley de Medidas Urgentes, ¿urgencia para qué?»)

3) Ley de Modernización y Renovación Turística (2013)

Viendo los resultados después de un año de vigencia, el nombre opuesto, «Ley de Anti-Modernización Turística», quizás habría sido más apropiado, pues la Ley mantiene el férreo bloqueo a la modernización en la misma medida que sus antecesoras. Recordemos que «modernización de la oferta alojativa» quiere decir adaptar la oferta a la necesidades de la demanda actual, tanto a través de nuevas construcciones como a través de la rehabilitación de las existentes. La Ley corta por completo una de las alas de la modernización, al mantener la prohibición de construcción de nuevos hoteles acordes a la demanda. Esto es especialmente dañino para islas, como Gran Canaria, que únicamente a través de la renovación jamás podrán adaptar su oferta alojativa en tipología (tipo de establecimiento), categoría (estrellas) y cantidad (número de camas) a lo que la demanda les está pidiendo.  

4) Ley de Armonización y Simplificación (en redacción desde 2010)

Informe-CATPE-octubre-2012En vistas del mayúsculo desorden creado por la Ley de Directrices y Ordenación del Turismo del 2003, como por ejemplo la dificultad de las adaptaciones de los planes insulares y municipales al complejo texto legislativo, el Ejecutivo, en vez de derogar y fusionar leyes, está a punto de aprobar otra nueva ley para simplificar las anteriores: la Ley de Armonización y Simplificación. El anteproyecto de dicha Ley de Simplificación en el 2012 fue duramente criticado por el Consejo Económico y Social (CES), considerándose que podría crear más confusión y aumentar la actual inseguridad jurídica. Asimismo, no fue bien valorado por el segundo Informe CATPE (octubre 2012), que consideraba que «las novaciones que introduce el Anteproyecto de Ley no parecen ser compatibles con la idea de la necesaria agilización de los actuales procesos en marcha de adaptación de los planes..».

Hace pocos días el Consejo Consultivo (órgano encargado de velar por la legalidad de las normas autonómicas) dudó de la necesidad de esta Ley, entendiendo que ni armoniza ni simplifica, sino que provoca más confusión, más inseguridad jurídica e incluso roza la inconstitucionalidad. El Consultivo considera que «se puede crear el efecto contrario porque no ofrece un marco normativo sencillo, claro y poco disperso sino, al contrario, introduce nuevos conceptos y reglas en una modificación parcial que genera multitud de contradicciones y hasta antinomias sin derogar las leyes anteriores, que permanecen inalteradas.» Según este órgano, «sólo con un texto legal refundido de todas las normas vigentes se podría decir que se armoniza y simplifica el escenario que regula el urbanismo en las Islas, sin necesidad de elaborar una nueva ley» (en laprovincia.es, 19.05.14).

Con ello vemos que, ya antes de la aprobación definitiva de esta ley, todo parece indicar que sus efectos podrían ser exactamente los contrarios a los que indica su nombre: mayor confusión en vez de simplificación.  O sea, en la misma línea de sus antecesoras.

5) Ley sobre tramitación preferente de inversiones estratégicas  

Por si fueran pocas leyes, el Ejecutivo acaba de aprobar el Anteproyecto de una ley que pretende reducir a la mitad los trámites para «inversiones externas o proyectos de iniciativas inversoras de especial relevancia», reservándose el derecho de categorizar él mismo qué inversiones tienen ese carácter. Para la oposición esta declaración unilateral de la preferencia de inversiones es «arbitraria y pervierte el principio del interés general y de la objetividad» (R. Rodríguez, NC).

Prohibido_inversiones_3Además, quizás no estaría de más que alguien le explicara al Ejecutivo canario que en una coyuntura económica con una tasa de paro como la actual cualquier inversión que se produzca es de carácter «preferente» y «estratégica», por muy grande o pequeña que sea, por muy feo o guapo que sea el inversor, venga de fuera o sea local. No estamos ahora en condiciones de seleccionar «inversiones de especial relevancia», y mucho menos según criterios subjetivos que sólo el mismo Ejecutivo conoce. ¿Limitará el Ejecutivo el estatus de «inversión de especial relevancia» nuevamente sólo a los hoteles-escuela de cinco estrellas de gran lujo?

Por otro lado, si con este anteproyecto el Ejecutivo ya está reconociendo el exceso de burocracia y que los trámites se pueden reducir a la mitad, ¿por qué no acortar los trámites para todas las inversiones sin necesidad de otra nueva ley? ¿No habría que extender la alfombra roja a todas las inversiones que se ajusten a la legalidad? Y, si el Ejecutivo considerara al margen de ello que alguna inversión tiene un carácter vital para la economía canaria (p.ej. Siam Park), de todas formas tiene en todo momento la potestad de declarar el «interés autonómico», tal como lo está haciendo el Gobierno Balear, a cuyos gobernantes no les tiembla la mano para declarar el interés general para inversiones que consideran muy importantes.

Conclusiones

En definitiva, hemos visto una Ley de Ordenación (2003) que ha creado el mayor desorden urbanístico, demográfico y económico nunca visto en Canarias; una Ley de Medidas Urgentes (2009) que se olvidó de su naturaleza «urgente» y se limitó a paralizar cualquier iniciativa inversora; una Ley de Modernización (2013) que bloquea las posibilidades reales de modernizar la oferta alojativa y adaptarla a la demanda actual; una Ley de Simplificación (antes de mayo 2015) que muy probablemente podría provocar más confusión e inseguridad jurídica; un Anteproyecto de ley para inversiones estratégicas (2014) que pretende acortar los largos y complicados trámites burocráticos para las inversiones que cuenten con el beneplácito del Ejecutivo, dejando a las demás inversiones inmersas en la «maraña burocrática» que ya tantos proyectos y puestos de trabajo ha impedido y sigue impidiendo. ¿Durante cuánto tiempo más seremos espectadores de semejantes despropósitos legislativos?

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Noticias, informes y artículos relacionados:
“El Consultivo avisa que la nueva ley para agilizar la inversión crea más confusión», en laprovincia.es, 19.05.2014.
«Los plazos para tramitar proyectos inversores en Canarias bajan a la mitad», en canarias7.es, 18.05.2014.
«NC censura que Rivero quiera determinar las inversiones privadas estratégicas», en lavanguardia.com, 17.05.2014.
«El Gobierno aprueba el anteproyecto de Ley sobre tramitación preferente de Inversiones Estratégicas», en gobcan.es, 30.04.2014.
«Segundo Informe CATPE sobre el Planeamiento y la Gestión Racional del Territorio en Canarias», en catpe.es, octubre 2012.

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